viernes, 21 de marzo de 2014

MALTRATO INFANTIL



Recientemente el titular del Juzgado de lo Penal de Pamplona, ha condenado a 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a seis meses de alejamiento y a pagar una indemnización de 213€ por un delito de lesiones a un padre que pegó a su hijo de 8 años porque no hacía los deberes. Los hechos, según constó en la sentencia , tuvieron  lugar en 2012, cuando el acusado “en estado de máxima  irritación” porque su hijo llevaba día y medio sin hacer los deberes de matemáticas, le dio una colleja, lo agarró con fuerza del brazo izquierdo, lo levantó de la silla donde estaba sentado, lo tiró sobre una cama y le dio “varios azotes en los glúteos”. A consecuencia de estos hechos, que fueron presenciados por una hermana de cinco años, el niño sufrió hematomas en el antebrazo izquierdo y otro más en el labio superior, que se curaron a los siete días.

Lo sorprendente de esta noticia, lo que personalmente me ha asombrado e incluso diría, desconcertado, ha sido la notable repercusión que esta noticia ha tenido en todos los medios de comunicación y en diferentes colectivos sociales de nuestro país. Nada más se dio a conocer la sentencia, la noticia corrió como la pólvora; de ella se hicieron eco todos los telediarios, y fue portada de los principales periódicos, tema de tertulia y debate en programas de radio, corrillos y camarillas de calle y bares. Pero lo que realmente me sorprendió, no fue la repercusión en sí misma, sino los contenidos y argumentos que durante algunos días escuché alrededor de esta noticia.  Al parecer lo que dejó anonadado y de una pieza a medio país, fue lo exagerado inusitado, insólito e incluso lo injusto del carácter de dicha sentencia. El propio abogado del acusado llegó a afirmar: “sin haberme criado en ningún ambiente de agresión ni de violencia por parte de mis padres, sí recuerdo que alguna vez mi padre me ha dado algún azote e incluso creo que he sabido agradecerlo y me ha servido”. El acusado comentó que la sentencia le parece “excesiva”, que no entiende que le condenen como “a un delincuente” por haber tenido “un enfado” con el niño.

Mire, señor abogado y señor padre del menor, el agredir a una criatura de cualquier edad con el fin e educar, es una total barbaridad y disparate, propia de culturas cerriles y salvajes. En educación “el fin no justifica los medios”. Está claro que podemos controlar poderosamente e incluso hacer desaparecer conductas inapropiadas a través de golpes, amenazas, tundas, zurras y humillaciones. El método es muy eficaz y económico, el problema es que se basa en “el miedo”, una emoción negativa que se perpetúa en el niño como modelo de acción educadora y persuasiva a ser utilizada por el niño cuando a través de los años se convierta en padre, marido, amigo, maestro…. etc. El miedo como instrumento de poder se graba a través del modelaje en el niño y a través de él, se perpetúa en la sociedad futura. Posiblemente antes de ese padre ahora sancionado, ha habido un niño maltratado y por supuesto lo ha habido en el abogado, el cual lo ratifica en su comentario. Posiblemente, también ha habido toda una nación educada en el miedo y que pretende seguir educando en el mismo, pero que en gran medida y afortunadamente, creo que comienza a dejar de hacerlo. Otra cuestión es que en estos momentos nos encontremos todos en una crisis de desorientación respecto a cómo poder controlar y educar sin tener que recurrir a la amenaza, al castigo cruel, al chantaje o a la súper tolerancia permisiva. Pero esto es otro tema.

Lo que quiero decir aquí, es que en educación no todo vale y es injustificable que uno esté “en un estado de máxima irritación” para azotar a una criatura de 8 años. Hay otros medios más racionales que no tienen que exceder el derecho de corrección hacia nuestro hijos. En un periódico, el acusado llegó a decir: “Yo la conciencia la tengo tranquila, porque no soy una persona que utilice esas cosas, porque se que mi hijo el día de mañana no va a poder decirme que le di una paliza, que es lo que  mí me avergonzaría”. Esta afirmación me recuerda lo que hace muchos años me dijo un maltratador en mi consulta: “Mi mujer se ha pasado denunciándome, pues solo le pegué con la mano abierta y jamás le di un puñetazo”.



VICTOR RAMS                                                                           COPPS PSICÓLOGOS VALENCIA SLP

jueves, 13 de marzo de 2014

INFLUENCIA NEGATIVA DE LAS EMOCIONES SOBRE EL RENDIMIENTO.



Los maestros saben perfectamente que los estudiantes que se hallan atrapados por el enojo, la ansiedad o la depresión tienen dificultades para aprender porque no perciben adecuadamente la información y en consecuencia, no pueden procesarla correctamente

Cuando las emociones dificultan la concentración, se altera el funcionamiento de la capacidad de pensamiento denominada, Memoria de trabajo (La capacidad de mantener en la mente toda la información relevante para la tarea que se esté llevando a cabo).

El contenido concreto de la memoria de trabajo puede ser algo tan simple como los dígitos de un número de teléfono o tan intrincado como el trama de una novela. La memoria de trabajo es la función ejecutiva por excelencia de la vida mental, la que hace posible cualquier otra actividad intelectual, desde pronunciar una frase hasta formular una compleja proporción lógica.

Si por otra parte tenemos en cuenta la influencia positiva de las emociones en el rendimiento, debemos considerar el importante papel que desempeña la motivación positiva, ligada a sentimientos tales como el entusiasmo, la perseverancia y la confianza.